CONVOCATORIA DE LA SÉPTIMA EDICIÓN DEL PREMIO DE INVESTIGACIÓN JURÍDICA ANTONIO REVERTE NAVARRO
CERTIFICADO DE CONCESIÓN
BASES QUE REGULAN LA CONVOCATORIA
1ª) Podrán aspirar al mismo los autores de obras monográficas, originales e inéditas que versen sobre un tema jurídico de actualidad y relevancia.
2ª.) El premio está dotado con la cantidad de 5.000 €., y llevará aparejada su publicación por la Real Academia que lo convoca.
3ª) Las obras presentadas al Premio habrán de estar escritas en alguna de las lenguas oficiales de España, aunque siempre y, en su caso, al menos un ejemplar habrá de estar traducido al castellano.
4ª) Los trabajos habrán de tener una extensión de entre treinta y cincuenta páginas, DIN A4, escritas por cualquier procedimiento de reproducción mecánica, a doble o por una sola cara, tamaño de letra 12, interlineado 1,5, y no podrán ser o haber sido tesis doctorales, trabajos fin de grado o master, o parte de ellos.
5ª) Las obras deberán presentarse en forma anónima y se distinguirán con un lema cuya identificación se encontrará en una plica, cerrada y sellada, en la que se hará constar el nombre, los apellidos y el domicilio del autor y el título del trabajo. Se acompañará una Declaración Responsable de Garantía de Autoría y Originalidad suscrita bajo el mismo lema elegido por el autor.
6ª) En ningún caso podrán concurrir los Académicos de número ni electos de la Corporación, ni familiares hasta el cuarto grado de consaguinidad y segundo de afinidad
7ª) Los trabajos habrán de remitirse con seis ejemplares a la Secretaría de la Real Academia de Legislación y Jurisprudencia, sita en la Facultad de Derecho de la Universidad de Murcia, c/ Santo Cristo 1, 30001 o depositarse en la Conserjería de la Facultad de Derecho, a la atención de la Sra. Académica Secretaria General, antes de las veinte horas del día 30 de septiembre de 2025. También se acompañará un ejemplar en soporte electrónico (pen drive), formato WORD o similar.
Se admitirá igualmente la presentación de los trabajos en soporte digital, sin necesidad de aportar las copias en papel, siempre que el texto se identifique con un seudónimo y se acompañe aparte un sobre cerrado que exprese en el exterior el referido seudónimo y contenga en su interior los datos de identidad del autor/a del trabajo de que se trate
8ª) El Premio será otorgado por un Jurado constituido conforme al reglamento interno que rige el concurso e integrado por tres Académicos de Número y otros dos miembros, uno designado a propuesta del Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Murcia, y otro por el Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Murcia,
9ª) Por acuerdo del Jurado el premio podrá ser declarado desierto o bien otorgado a más de un trabajo, dividiendo en este último caso la cuantía de la dotación.
10ª) La concesión del Premio y el autor o, en su caso, autores premiados, serán dados a conocer en Sesión pública de la Corporación. En todo caso, el fallo será inapelable.
11ª) El autor del trabajo premiado y los seleccionados como finalistas, por el hecho de participar autorizan a la Academia a utilizar sus nombres e imagen a los solos efectos de promocionar el Premio y su publicación.
12ª) La Real Academia no se compromete a la devolución de los trabajos que no resulten premiados, aunque éstos podrán ser retirados personalmente por sus autores, o personas por ellos autorizadas en los dos meses siguientes a la comunicación del fallo.
13ª) Por el mero hecho de concurrir, los aspirantes al premio aceptan las bases que lo rigen y se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales de Murcia para la resolución de cualquier controversia en relación con el mismo.
Murcia, 21 de febrero de 2025.
